«El responsable del Impuesto Sobre las Ventas (IVA), deberá enviar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a más tardar el día treinta y uno (31) de agosto de 2020, la información definida en las resoluciones 64 del 18 de junio de 2020, 75 del 08 de julio de 2020 y 81 del 29 de julio de 2020, referente a las operaciones sujetas a la exención especial en el impuesto sobre las ventas (IVA), realizadas en los días 19 de junio y 3 de julio de 2020.»
Para cumplir con lo dispuesto en la Resolución, esta nueva funcionalidad te permite generar el reporte del día sin IVA, para ello, ingresas por la Ruta: Reportes – Ventas – Ventas – Auxiliar de ventas bienes cubiertos – formato 2669.
Allí visualizas la siguiente pantalla:
Relacionas las formas de pago que usaste en el programa con los códigos indicados por la DIAN.
Importante: algunos campos del reporte no pueden ser generados por el sistema y aparecerán en blanco, es necesario completarlos de forma manual.
Igualmente, el sistema trae el año del proceso y puedes seleccionar los días que vas a reportar:
Después de realizado, das clic en el ícono , el sistema te indica descarga exitosa y abre el archivo en Excel:
Una vez este lista la información la llevas al pre-validador de la DIAN: Información Ventas con Exención de IVA
Al ingresar al pre-validador, e ir hasta el formato, te muestra la siguiente ventana:
En la cual incluyes la información de las facturas realizadas en los días sin IVA. Para el detalle de los productos de acuerdo a la resolución 81, te diriges por la pestaña: Complementos – Descripción de bienes.
Al dar clic allí, el sistema te mostrará la hoja a diligenciar de acuerdo a lo solicitado: